Promotora

LEY 2300


Para Promotora de Inversiones y Cobranzas es importante que conozca los mecanismos implementados para el cumplimiento de la Ley 2300 de 2023, que garantiza proteger la intimidad de los consumidores.

1. ¿Qué es la Ley 2300?

El 10 de julio de 2023 se aprobó la Ley 2300 y entró en vigor en un plazo de tres (3) meses contados a partir de su promulgación. Tiene como objetivo proteger el derecho a la intimidad de los consumidores, por medio de mecanismos que establecen canales, horarios y periodicidad en los que puede ser contactado el consumidor.

2. ¿Quién debe cumplir con la Ley 2300?

Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y todas las personas naturales y jurídicas que adelanten gestiones de cobranzas de forma directa, por medio de terceros o por cesión de la obligación.

3. ¿Cuáles son los canales que podrá utilizar la entidad para contactar los titulares, con el fin de realizar gestión de cobranza?

Los titulares solo podrán ser contactados mediante los canales que autoricen. Estos deberán ser informados y socializados previamente por parte de las entidades de cobranza con el fin de que los titulares elijan cuáles autoriza.

4. Horarios de contacto

De acuerdo a la Ley 2300 los horarios de contacto son de lunes a viernes de 7am a 7pm y sábados de 8am a 3pm. Recuerde que nuestros horarios de contacto son de lunes a viernes de 8am a 5pm y sábados de 8am a 1pm.

5. Cantidad y canales de contacto

Una vez establecido un contacto directo con el titular, este no podrá ser contactado por parte de gestores de cobranza mediante varios canales dentro de una misma semana ni en más de una ocasión durante el mismo día.

6. Contacto a referencias personales

En ningún caso las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y todas las entidades que adelanten gestiones de cobranza de forma directa, por medio de terceros o por cesión de la obligación incluyendo a las personas naturales; podrán contactar a las referencias personales o de otra índole.

Al avalista, codeudor o deudor solidario se le contactará en la misma condición que establece la presente Ley.

7. Visitas de Cobro

Las personas naturales y jurídicas se abstendrán de adelantar gestiones de cobranza mediante visitas al domicilio o lugar de trabajo del consumidor financiero o de servicios, excepto Cuando se trate de las obligaciones adquiridas a través de microcréditos, crédito de fomento, desarrollo agropecuario o rural, siempre y cuando exista autorización expresa del consumidor y cuando no se cuente con información actualizada del consumidor.

8. Consulta motivo de mora

Las entidades que adelanten gestiones de cobranza deberán abstenerse de consultar al consumidor financiero el motivo del incumplimiento de la obligación. Lo dispuesto en este artículo no obsta para que se consulten al deudor alternativas de pago que sean acordes con su situación financiera.

9. Medios para la solicitud de exclusión de canales de contacto

Los canales que puede utilizar para solicitar la exclusión de un canal para ser contactado son:

En Bogotá al teléfono (57)601-5802530, resto del país a la línea gratuita nacional (57)01-8000-977-742.

Al celular (57)315 886 3939.

En cualquier Oficina de Promotora de Inversiones y Cobranzas.

10. Beneficios de nuestros canales de contacto

Cada canal de contacto busca mantenerlo informado sobre sus productos:

  • Mensaje de texto: No necesitará red de datos para recibir información sobre los canales para realizar el pago de la negociación, enlaces para realizar el pago en caso de generar acuerdo de pago. Tenga en cuenta que este canal no le permitirá interactuar con un asesor y no podrá hacer consultas o recibir información adicional a la anteriormente mencionada.
  • Correo electrónico: Por medio de este canal recibirá información sobre el estado actual de sus obligaciones, certificados de la negociación que realice, paz y salvo una vez cancele la obligación. Tenga en cuenta que es un canal que le permitirá interactuar con un asesor, sin embargo, el tiempo de respuesta promedio para hacer consultas adicionales es entre uno a dos días.
  • Telefónico: Este canal le permite interactuar de forma fácil y sencilla con un asesor, quien podrá resolver todas sus inquietudes, podrá recibir asesoría personalizada e inmediata sobre el estado actual de la obligación, alternativas de pago y beneficios para cancelación de la obligación, adicional podrá comunicarse cuantas veces usted lo requiera y el tiempo promedio de respuesta no supera la hora.
  • Mensaje Virtual: Por medio de este canal recibirá mensajes virtuales (grabación de voz), con información de beneficios para poder cancelar sus obligaciones, recordatorio de cancelación, si generó un acuerdo de pago, con los diferentes canales para realizar el pago. Tenga en cuenta que no es un canal que le permitirá interactuar con un asesor y no podrá hacer consultas o recibir información adicional a la anteriormente mencionada.

11. Formulario selección de canal de contacto

  • Para elegir el canal de contacto de su preferencia dar clic aquí